
La renovación del Tribunal Supremo de Justicia no significa la recuperación del Estado de derecho
Renovar por completo el Tribunal Supremo de Justicia puede ser un paso fundamental, pero no equivale a recuperar el Estado de derecho.
La decisión de renovar por completo el Tribunal Supremo de Justicia, según el acuerdo alcanzado en la mesa de negociación entre el régimen chavista y sectores de la oposición, constituye, de entrada, una oportunidad política e institucional de suma importancia para Venezuela. Sin embargo, no podemos confundir una oportunidad con una solución real.
La sola renovación del TSJ no significa, per se, la reconstrucción de todo el sistema de justicia ni la recuperación del Estado de derecho en nuestro país. Si solo se limitan a sustituir a unos magistrados por otros, sin modificar las condiciones que permitieron la subordinación política de la justicia, habremos cambiado los nombres, pero no necesariamente el sistema.
La razón es elemental: el TSJ no es el sistema de justicia venezolano. Es cierto que el máximo tribunal de justicia es la cúspide, pero no es todo el edificio. Por lo tanto, dicha renovación puede ser indispensable, pero no puede ser confundida con una renovación completa de la justicia.
Y esto tiene, entre otras cosas, una consecuencia política fundamental: un TSJ independiente no sirve de mucho si no se restituye la independencia judicial; si no se renueva el Ministerio Público y se garantiza su capacidad para dirigir de manera independiente la investigación penal; si no se profesionalizan y fortalecen los órganos policiales de investigación; si no se restaura el sistema penitenciario; y si no se garantiza el libre ejercicio de la abogacía. Pero, además, ninguna de estas reformas será suficiente si no se alcanza un objetivo todavía más amplio: reconstruir la confianza del ciudadano en que acudir a un tribunal sirve para obtener justicia y no para exponerse a una nueva forma de arbitrariedad.
La propia Constitución Nacional, en su artículo 253, establece que el sistema de justicia está conformado por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República, pero también por los órganos de investigación penal, el Ministerio Público, la Defensa Pública, los auxiliares y funcionarios de justicia, los ciudadanos que participen en la administración de justicia de acuerdo con la ley, los abogados en ejercicio y el sistema penitenciario.
Por lo tanto, hablar de una «reforma de la justicia» solo desde el TSJ sería reducir el problema a una sola de sus dimensiones. A eso debemos agregar que todavía no se conoce cómo estará constituido el comité de postulaciones, cómo será el proceso de selección de los nuevos magistrados y cuáles serán los nombres de estos funcionarios. Recordemos que ya tenemos un precedente no muy lejano en cuanto a lo que fue la designación del fiscal general y la defensora del pueblo.
Entonces, ¿para qué sirve un nuevo TSJ?
Es importante porque este TSJ sí puede convertirse en el motor de una reconstrucción mucho más amplia, aun cuando no puede hacerlo solo.
En este sentido, la misma Constitución le atribuye al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, así como la inspección y vigilancia de los tribunales y de la Defensa Pública. También le corresponde participar en la administración presupuestaria del Poder Judicial y, mediante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, ejercer funciones fundamentales de gestión. Ahí está la real dimensión de la renovación.
Un TSJ verdaderamente independiente tendría que utilizar sus atribuciones para impulsar una transformación institucional que llegue hasta los tribunales de base: recuperar los concursos y la carrera judicial, profesionalizar a los jueces, establecer mecanismos transparentes de evaluación, mejorar la distribución de recursos, modernizar los procedimientos, fortalecer la formación judicial y crear garantías reales de estabilidad e independencia.
Sin embargo, esa transformación no podría limitarse al funcionamiento interno de la justicia. Debería igualmente contribuir a revisar el entramado jurídico que permitió la persecución política, garantizar el debido proceso, recuperar el control judicial sobre los actos del poder público y establecer una jurisprudencia capaz de proteger efectivamente los derechos políticos y civiles.
También podría promover una revisión exhaustiva del régimen disciplinario, ya que la disciplina judicial es necesaria, pero debe servir para sancionar la corrupción, la negligencia o los abusos, no para castigar la independencia de criterio.
Por otra parte, el renovado TSJ deberá convertirse nuevamente en un verdadero garante constitucional. Su legitimidad solo se demostrará cuando sea capaz de dictar sentencias contra cualquier poder cuando las leyes así lo exijan.
La verdadera prueba no serán los nombramientos, sino las decisiones.
Por eso, la pregunta decisiva no debería ser solamente quiénes serán los nuevos magistrados, sino, además: ¿qué harán con ese poder institucional que la Constitución les otorga?
El reciente acuerdo en la referida mesa de negociación ya contempla algo especialmente importante: no solo la renovación de los magistrados, sino también la reforma de las leyes del sistema de justicia y la modificación del mecanismo de postulación y evaluación de los candidatos.
En teoría, ese es el camino correcto, siempre que la reforma sea realmente independiente, transparente y basada en méritos. Esto comienza con la publicación de los criterios de evaluación, los perfiles de los candidatos con sus hojas de vida y la presencia de un comité técnico especializado e independiente.
En consecuencia, la recuperación del Estado de derecho no ocurrirá el día en que se anuncien los nuevos magistrados. Ocurrirá cuando cualquier juez pueda dictar una sentencia contra un funcionario o a favor de un perseguido político sin temer por su cargo o por su integridad física y psicológica; cuando un fiscal pueda investigar al poder sin recibir instrucciones políticas; cuando un abogado pueda defender a un opositor sin convertirse él mismo en un objetivo; cuando una persona detenida tenga garantías efectivas; cuando el sistema penitenciario garantice condiciones dignas y el respeto de sus derechos fundamentales; y cuando una sentencia judicial pueda hacerse cumplir aunque resulte incómoda para quien gobierna, entre otros asuntos.
Y ese debería ser el verdadero objetivo de la renovación del TSJ: no cambiar la cúspide de la pirámide, sino comenzar a reconstruir todo el edificio.
La oportunidad existe. El reciente acuerdo político puede abrir la puerta, pero la verdadera reforma de la justicia venezolana comenzará cuando la independencia deje de ser una declaración constitucional y se convierta en una realidad cotidiana para jueces, fiscales, abogados y ciudadanos en general.
Venezuela no necesita solamente un nuevo TSJ, necesita un nuevo ecosistema de justicia.