
Las dos visiones sobre la amnistía y los riesgos de la “dismnestía autocrática”
Si la amnistía no es general, no es amnistía. Y sin reconciliación real, no habrá paz, ni inversión, ni democracia posible. Lo que está en juego es el futuro inmediato de Venezuela.
Decretar cuantas amnistías fueran necesarias para el retorno de los exiliados de la guerra civil y para borrar, de una vez para siempre, la existencia de delitos políticos y de opinión que se habían mantenido a lo largo de cuarenta años.
Adolfo Suárez.
Leí en estos días el libro de Juan Fernández-Miranda sobre la Transición española: Objetivo: democracia. Crónicas del proceso político que transformó a España. Uno de los episodios que se relatan es la campaña orquestada por el Partido Comunista de España décadas antes de la muerte de Franco y que se renovó tras 1975: la amnistía. De acuerdo con el Fernández-Miranda, el 14 de julio de 1976, en el Mundo Obrero, se publicó un editorial en el que se indicó lo siguiente:
“Amnistía es la condición primera de la reconciliación de los españoles y de la restauración de la libertad”.
Estas reflexiones son especialmente útiles ante la segunda discusión del proyecto de Ley de Amnistía, que adelanta la sexta legislatura de la Asamblea Nacional. En pleno debate, el 12 de febrero quedaron en evidencia dos visiones en conflicto. Sin poder conciliar ambas posiciones, se optó por diferir el debate, lo cual fue una decisión sensata.
Este debate es el más importante que se ha dado en Venezuela desde los sucesos del 3 de enero de 2026. De cómo él sea resuelto, depende el futuro político del país.
Las dos visiones de la amnistía
La primera visión es defendida por la fuerza que domina numéricamente en la sexta legislatura: las alianzas del partido del régimen de Delcy Rodríguez, el PSUV.
Según esta posición, la amnistía es una suerte de perdón gracioso que se concede a quienes han cometido delitos políticos. En tanto concesión graciosa, este perdón está sujeto a varias condiciones. Por ejemplo, se pretende excluir a los venezolanos que, desde el exterior, habrían cometido tales delitos, e incluso a quienes han solicitado protección migratoria. En especial, se pretende regular en el proyecto que las personas sujetas a investigaciones o procesos deberán “ponerse a derecho” para beneficiarse de esta “gracia”. Esto es, que sería necesario, primero, comparecer ante los órganos del sistema de justicia para enfrentar la causa criminal y, solo después, optar por este “perdón gracioso”.
La otra visión es defendida en el seno de la sexta legislatura por la fracción política minoritaria de la oposición, la Fracción Parlamentaria Libertad. Pero también es compartida por otros actores políticos, como Delsa Solórzano, y por diversas organizaciones no gubernamentales, como el Foro Penal y Acceso a la Justicia, así como por destacados académicos, entre ellos el profesor Alberto Arteaga Sánchez.
Esta segunda posición sostiene que la amnistía no es un perdón gracioso que puede otorgarse a discreción, sino el olvido o la despenalización de hechos, que, como tal, debe tener una aplicación general. Asimismo, se insiste en que desde la centralidad de los derechos humanos, la amnistía no puede presuponer juicio alguno de culpabilidad. La condición de exigir que los beneficiarios se “pongan a derecho” es, por ello, violatoria de la presunción de inocencia.
Es importante advertir que las referencias a la mayoría y a la minoría de diputados de la sexta legislatura responden a su composición, no a la legítima representación de los venezolanos, pues, como es sabido, la elección de esa legislatura no fue resultado de comicios libres y justos.
En todo caso, estas dos visiones, en realidad, van más allá de la amnistía, pues reflejan perspectivas distintas sobre la situación política y constitucional de Venezuela. La primera posición sugiere una visión de continuidad del régimen autocrático de Maduro, con algunos matices y arreglos menores. La segunda posición entiende que la salida de Maduro debe ser el paso inicial para avanzar en una transición democrática, para lo cual es fundamental promover la reconciliación nacional, desde la centralidad de los derechos humanos.
La inconstitucionalidad de la amnistía parcial y selectiva
Desde la Constitución y los derechos humanos, la segunda posición debe prevalecer. Como ya expliqué aquí, la amnistía es una institución garantizada en el artículo 185.5 de la Constitución y no puede ser moldeada a la medida de las necesidades políticas. Así, la amnistía no es un perdón ni una gracia, ni mucho menos implica el sometimiento de los vencidos por los vencedores. La amnistía es la despenalización de ciertos hechos, adelantada con el propósito de promover los valores y principios constitucionales de los artículos 2 y 3 de la Constitución, entre ellos la reconciliación nacional desde el pluralismo político.
Por ello, la amnistía debe ser general, pues todas las personas que hayan cometido los hechos amnistiados deben quedar favorecidas por esta medida, en igualdad de condiciones. Como se concluyó durante la Transición en España: la amnistía, o ampara a todos o no es amnistía.
El intento de la mayoría circunstancial de la sexta legislatura de manipular a conveniencia el concepto constitucional de amnistía, para convertirlo en un perdón condicionado, limitado y selectivo, no solo viola la Constitución y los derechos humanos, sino que además coloca un serio obstáculo al proceso de democratización, condición indispensable para asegurar la estabilidad política.
La “dismnestía autocrática”.
Este intento de manipular el concepto constitucional de amnistía refleja lo que el profesor Javier Corrales ha denominado el legalismo autocrático: la manipulación de formas legales para encubrir prácticas autoritarias. Otros autores han hablado de la hipocresía de los derechos humanos para describir los esfuerzos por aparentar medidas protectoras de dichos derechos, pero que, en su esencia, reniegan de ellos.
Jugando con la palabra dismnesia, podríamos hablar de la “dismnestía autocrática”, esto es, una amnistía disfuncional, que, lejos de promover la reconciliación desde la centralidad de los derechos humanos, pretende aplicar un olvido selectivo, continuando con la política de persecución y exclusión a quienes no cumplan con las muchas condiciones que, al margen de la Constitución, quieren imponerse.
Una mala señal para los mercados
La manipulación del concepto constitucional de amnistía es, además, una mala señal para los mercados. Tal y como explicamos al comentar la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, la promoción de la inversión privada requiere mucho más que reformas legales. En suma, si repasamos las medidas expropiatorias arbitrarias ejecutadas en las últimas décadas, podremos comprobar que todas han sido “legales”.
En realidad, más importante que contar con buenas leyes es establecer un sistema jurídico que inspire confianza en la inversión privada. Esta confianza no solo depende de garantías jurídicas, sino también de acciones concretas por parte de quienes actualmente tienen el poder interino. Parafraseando la frase facta non verba, podríamos aludir a hechos, no leyes.
El intento de manipular el concepto de amnistía destruye la confianza, pues evidencia que todavía perduran las estructuras del legalismo autocrático. Así como hoy se quiere manipular el concepto constitucional de amnistía con trampantojos y juegos dialécticos, mañana podrá manipularse la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos para recubrir, con un frágil manto de legalidad, políticas predatorias contra la inversión privada.
El difícil camino de la reconciliación y la política del consenso
Sin justificar la manipulación de la amnistía, también debemos hacer un esfuerzo por empatizar y reconocer que, para quienes han detentado el poder en las últimas décadas, avanzar en una amnistía supone adentrarse en un camino difícil, lo que genera resistencias. En este sentido, es un signo positivo que la mayoría circunstancial de la sexta legislatura haya decidido diferir el debate, en lugar de imponer su visión sobre la amnistía.
En el prólogo del libro del profesor Jaime Rodríguez-Arana Muñoz sobre el centro democrático, Adolfo Suárez —uno de los artífices de la Transición- reflexiona sobre la importancia de la política del consenso, y la imperiosa necesidad de evitar imponer “verdades” propias que extiendan el confrontamiento:
“Recordé, en una ocasión, los versos de Antonio Machado: «Tu verdad, no —la verdad— y ven conmigo a buscarla —la tuya, guárdatela→». Porque la verdad existe en la política democrática, Como existen la excelencia y el reconocimiento a la capacidad de los mejores. Como existen los ideales políticos Pero encontrar «un cielo nuevo y una tierra nueva» es algo que entre todos debemos buscar y esa búsqueda en común es lo importante”
No se trata de declarar la falsedad de las “verdades” de quienes, desde esa mayoría circunstancial, hoy se resisten a la amnistía. Tampoco es cuestión de afirmar las “verdades” de quienes se oponen a una amnistía sesgada. El objetivo es establecer las bases de la reconciliación nacional, ya que sin ella no habrá paz, democracia, derechos humanos, estabilidad política ni recuperación de la industria petrolera. Todos estos objetivos deben llevar a considerar la amnistía como una pieza más de la justicia transicional.
Lo que está en juego es, por ello, mucho más que la amnistía: es el futuro inmediato de Venezuela. La amnistía no debe usarse para prolongar el conflicto, sino para cerrarlo de una vez y por todas.
Pocas veces los países tienen una oportunidad como la nuestra para avanzar en una transición democrática. No debemos perder esta oportunidad. El mundo —y en especial, Estados Unidos— tiene su vista puesta en Venezuela.