Una ley de amnistía que no incluya a la juez Afiuni mantiene el terror sobre el Poder Judicial venezolano

La ley de amnistía que se discute en Venezuela promete reconciliación, pero en realidad consolida la impunidad. Los presos políticos no cometieron delitos: fueron perseguidos por disentir. Al no reconocer a las víctimas, no derogar las leyes represivas ni sancionar los crímenes del Estado, esta norma mantiene intacto el sistema de terror que simboliza el caso de la juez María Lourdes Afiuni. Sin justicia independiente no puede haber paz ni democracia.

Hoy, el tema de conversación de muchos venezolanos es la ley de amnistía próxima a promulgarse en la Asamblea Nacional: un instrumento legal que, en teoría, busca la reconciliación nacional mediante la liberación de los presos y perseguidos políticos que existen actualmente en Venezuela. Pero ¿qué significa realmente la palabra amnistía?

La amnistía es el perdón del delito por obra de una ley o de un decreto; es decir, esta figura jurídica actúa sobre el delito mismo ya que supone su olvido. Por lo tanto, elimina la responsabilidad penal de los autores de un hecho delictivo, delitos que por lo general han sido perpetrados en un contexto político. Eso, ni más ni menos, es lo que se denomina amnistía.

Dicho esto, surge una pregunta inevitable: ¿han cometido realmente delitos quienes hoy son considerados presos políticos en Venezuela como para merecer “perdón”?

Definitivamente no. No han cometido delito alguno. Aun así, han sido no solo apresados injustamente, sino también sometidos a las peores torturas que puede sufrir un ser humano, únicamente por disentir de un régimen opresor y desalmado que no tolera oposición alguna a sus atrocidades. Un ejemplo claro de ello fue el desconocimiento de los resultados electorales del 28 de julio de 2024, en los cuales se demostró que los resultados anunciados por el ente electoral, sin prueba alguna, no se correspondían con la voluntad del pueblo venezolano. En consecuencia, Nicolás Maduro —hoy sometido a la justicia estadounidense— había perdido de manera aplastante dichas elecciones presidenciales.

Oponerse a este despropósito le costó la libertad a más de 2.000 venezolanos inocentes, muchos de los cuales aún hoy permanecen privados de ella.

No obstante lo anterior, bajo el régimen interino de Delcy Rodríguez, cargo derivado de los hechos acontecidos en Venezuela el 3 de enero del presente año, y ante la evidente presión de los Estados Unidos para la liberación de los presos políticos, se discute apresuradamente una Ley de Amnistía que pretende ser aprobada en las próximas horas. Se trata de un instrumento legal claramente amañado, arbitrario y selectivo, hecho a la medida del chavismo.

Dicha ley, entre otras cosas, no reconoce a las víctimas ni la responsabilidad del Estado en el uso del Poder Judicial y de las demás instituciones públicas como herramientas de persecución y tortura contra la disidencia. Tampoco deroga las leyes que fueron promulgadas con abierta violación de derechos civiles y políticos, por lo que no garantiza que no se producirán nuevas persecuciones basadas en ellas. Además, no establece sanciones adecuadas para los responsables de crímenes de lesa humanidad y, finalmente, es promovida por una Asamblea Nacional ilegítima que, bajo la excusa del artículo 29 de la Constitución, excluye de la amnistía a presos políticos a quienes se les atribuyen determinados delitos, pese a que es del conocimiento público que sus procesos judiciales fueron absolutamente manipulados y falseados. Tal es el caso de la juez penal María Lourdes Afiuni Mora, entre muchos otros.

Como muchos recuerdan, el 10 de diciembre de 2009 la juez María Lourdes Afiuni fue detenida y posteriormente torturada en una cárcel común de mujeres por haber dictado una decisión judicial mediante la cual otorgaba medidas cautelares a favor de un ciudadano preso del régimen de Hugo Chávez, cuya detención había devenido en arbitraria conforme a las leyes venezolanas y según un pronunciamiento del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU.

A pesar de que su decisión estaba perfectamente ajustada a derecho, fue sometida a juicio y condenada a cumplir una pena de cinco años de prisión por el supuesto delito de corrupción por expresa orden de Hugo Chávez Frías, quien en cadena nacional exigió enérgicamente su condena. En otra alocución pública, incluso afirmó que, de haber vivido en la época de Simón Bolívar, a la juez Afiuni la habrían pasado por las armas, incitando así a que fuera sometida a graves torturas, como en efecto ocurrió.

Este caso emblemático generó alarma tanto nacional como internacional, convirtiéndose en el expediente con mayor número de pronunciamientos por parte de organizaciones de derechos humanos en la historia de un preso político venezolano. Incluso la propia fiscal del Ministerio Público, la abogada Emilce Ramos Julio, quien presentó formal acusación contra Afiuni, dejó constancia expresa —tal como consta en el acta de la audiencia preliminar— de que nunca existió beneficio económico ni promesa alguna a cambio de la decisión judicial dictada por esta juez. Ergo, no hubo delito alguno, ni de corrupción ni de ningún otro tipo.

Aun así María Lourdes Afiuni fue condenada por un delito inexistente en nuestro ordenamiento jurídico, absurdamente denominado “corrupción espiritual”, únicamente como resultado de una venganza política.

Tan evidente es esta arbitrariedad, que hasta el día de hoy la sentencia dictada en contra Afiuni no ha podido ejecutarse habida cuenta que el delito de corrupción que se le calificó prevé de manera simultánea una pena de prisión y una pena pecuniaria equivalente al monto recibido o prometido. En este caso, dicha pena es inejecutable, pues no existe monto alguno sobre el cual aplicar la sanción económica. Como consecuencia, esta ciudadana ha permanecido atrapada en un proceso judicial interminable que ya suma 16 años, tiempo durante el cual ha sido privada de la mayoría de sus derechos como ciudadana.

El efecto Afiuni

La detención, tortura y condena de la juez Afiuni por un delito inexistente no solo constituyeron una venganza política, sino también la forma más efectiva que encontró el régimen para enviar un mensaje claro a todos los jueces del país sobre lo que les ocurriría si se atrevían a desafiar el poder político de Hugo Chávez o de quien ejerciera el poder en ese momento.

Este fenómeno es conocido en el ámbito judicial como el efecto Afiuni”, que no es más que el terror infundido en los jueces venezolanos para impedir que dicten decisiones contrarias a los intereses del régimen. Dicho efecto ha sido exitoso, pues desde el día de la citada detención ningún otro juez del Poder Judicial venezolano se ha atrevido a decidir un caso político sin la previa autorización del Poder Ejecutivo.

Por ello, al dejar a la juez Afiuni al margen de la ley de amnistía, se mantiene intacto ese terror institucionalizado, no solo entre los jueces, sino también entre todos los funcionarios que integran el sistema de justicia. En consecuencia, dado que esta ley de amnistía es una disposición sombría que debe ser interpretada por los jueces competentes en materia penal, no habrá decisión alguna que no cuente con el beneplácito del régimen que actualmente impera en Venezuela. Siendo así, el sistema de justicia continuará secuestrado por el Poder Ejecutivo, lo que hace imposible cualquier proceso real de reconciliación y paz, por cuanto una justicia independiente e imparcial, que se fundamente en la igualdad, en el respeto de los derechos humanos, en la moral y en la verdad; es la piedra angular de la convivencia pacífica y de la democracia.

La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.